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2018-04-12 18:10:08



SUPERINTENDENCIA MEDIO AMBIENTE DE O”HIGGINS INICIA PROCESO SANCIONATORIO CONTRA ÁRIDOS CACHAPOAL

(12 abril 2018) La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa Áridos Cachapoal, por incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) en sus faenas de extracción en la ribera del río Cachapoal en la Región de O´Higgins.

El proyecto consiste en la extracción de 300 mil metros cúbicos al año como máximo de áridos y arena del cauce del río Cachapoal, por un período de 10 años. Esto se autorizó mediante la Resolución de Calificación Ambiental RCA N° 182/2012.

Luego de recibir denuncias contra este proyecto, la SMA realizó actividades de fiscalización con profesionales de esta Superintendencia junto a funcionarios de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) y la Dirección de Aguas (DGA), todos de la Región de O’Higgins.

Tras el análisis de los datos recabados en terreno y a través de informes, se llegó a la formulación de 6 cargos contra la empresa:
1. Manejo y acopio del material de rechazo de forma distinta a la autorizada, interviniendo la ribera izquierda del río Cachapoal.
2. Realizar faenas de extracción sin contar con permisos sectoriales, y por ende, sin criterios técnicos ni estudios respecto de las faenas desarrolladas.
3. Ejecutar actividades de molienda y chancado sin agua recirculada y devuelta al río a través de un canal sin ningún tratamiento.
4. Realizar faenas extractivas fuera del horario autorizado
5. Extracción de mayor volumen de áridos del ambientalmente autorizado.
6. Elusión al SEIA, extracción de áridos fuera del polígono de extracción autorizado en la RCA.

Estos cargos se clasifican preliminarmente como leves, graves y gravísimos. Debido al importante nivel de erosión y afectación a la ribera del Río Cachapoal, adicionalmente se adoptaron medidas que permitan cautelar el daño al medio ambiente y prevenir situaciones de riesgo. Por ello, se ha solicitado la paralización total de la extracción de áridos, mientras no se cuente con autorización ambiental y visación técnica, y realizar monitoreos de la biota acuática en zonas aguas arriba y aguas abajo del proyecto, reponer defensas fluviales dañadas, entre otros.

Tras esta formulación, el titular Áridos Cachapoal dispone de un plazo de 15 días para presentar descargos, o bien, 10 días de para presentar un Programa de Cumplimiento, el cual es un plan de acciones y metas para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular enmiende sus problemas, realice las inversiones necesarias y vuelva a cumplir con la normativa aplicable.

Fuente: sma.gob.cl